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Decisione della Commissione, del 17 febbraio 1998, recante modifica della decisione 97/778/CE che ha aggiornato l'elenco dei posti d'ispezione frontalieri riconosciuti ai fini dei controlli veterinari (1)
IT Gazzetta ufficiale delle Comunità europee L 62/293. 3. 98
II (Atti per i quali la pubblicazione non è una condizione di applicabilità) COMMISSIONE DECISIONE DELLA COMMISSIONE del 17 febbraio 1998 recante modifica della decisione 97/778/CE che ha aggiornato l'elenco dei posti d'ispezion...Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Directiva 90/675/CEE del Consejo, de 10 de diciembre de 1990, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros de 10 de diciembre de 1990, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros
- Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE
- Directiva 96/43/CE del Consejo de 26 de junio de 1996 por la que se modifica y se codifica la Directiva 85/73/CEE con el fin de establecer la financiación de las inspecciones y controles veterinarios de animales vivos y ciertos productos de origen animal y por la que se modifican las Directivas 90/675/CEE y 91/496/CEE
- 97/778/CE: Decisión de la Comisión de 22 de julio de 1997 por la que se establece la lista de puestos de inspección fronterizos autorizados para efectuar los controles veterinarios de los productos y animales procedentes de terceros países, así como las condiciones de los controles que deben efectuar los expertos veterinarios de la Comisión,... así como las condiciones de los controles que deben efectuar los expertos veterinarios de la Comisión, ... - Artículo 1
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